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Accidente: toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.

Agravación del riesgo: modificación o alteración del uso diferente al indicado en la póliza del seguro, aumentando la posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El Asegurado deberá, durante la celebración del contrato manifestar a la Entidad Aseguradora todas las circunstancias que agraven el riesgo.

Asegurable: cualquier persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.

Asegurado: persona física o jurídica, que con el pago de una prima de seguros, obtiene una contraprestación reflejada en el contrato de seguros.

Entidad Aseguradora: Entidad Mercantil legalmente constituida y habilitada para operar bajo la modalidad de seguro objeto de la contratación la cual se obliga al pago de las prestaciones contratadas en las condiciones ofertadas.

Beneficiario: La persona física o jurídica que, previa cesión por parte del Asegurado, resulte titular del derecho a indemnización.

Cancelación: rescisión de los efectos de una póliza prevista en el contrato de seguros ya sea por decisión unilateral o por acuerdo mutuo.

Certificado de seguro: documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar las informaciones que la identifican, como son: suma asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc.

Cláusulas: condiciones que establecen la Entidad Aseguradora y el Asegurado, que se reflejan en el contrato de seguros, denominado también póliza. Existen también las condiciones especiales o particulares, que modifican o aclaran las condiciones generales.

Coaseguro: cantidad o el porcentaje de prima que tiene que pagar el Asegurado, de cualquier pago o indemnización que tenga que reembolsar la Entidad Aseguradora, a consecuencia de un siniestro.

Coberturas: protecciones que otorga la Entidad Aseguradora en la póliza y que generalmente se establecen en las cláusulas del contrato de seguros.

Consentimiento: acuerdo existente entre Asegurado y Entidad Aseguradora, que se determina en la póliza.

Contrato de seguro: es el acuerdo de voluntades entre dos partes. Generalmente se le llama también póliza de seguro. A través de la póliza de seguro, la Entidad Aseguradora conviene, previo pago de una cantidad denominada prima, en otorgar una indemnización o reembolso al Asegurado, si sucede un siniestro.

Cotización: estimación o costo de la prima de seguros que ofrece la Entidad Aseguradora al Asegurado.

Daño: toda pérdida personal o material que sufre una persona física o moral, en su vida o en su patrimonio.

Daño corporal: la muerte, lesiones u otros atentados que afecten a la integridad física de las personas.

Daño material: la destrucción, deterioro, pérdida de cualquier animal o cosa.

Daño moral: toda pérdida que se causa a una persona en su interior (en su nombre, su prestigio, etc.).

Exclusiones de riesgos: aquellos conceptos o riesgos que expresamente la Entidad Aseguradora no da por cubiertos en una póliza.

Franquicia: cantidad que el Tomador soportará a su cargo en cada siniestro y que, por tanto se deducirá de la indemnización por parte del Asegurador.

Límite de Indemnización: límite máximo cuantitativo que el Asegurador viene obligado a indemnizar, rembolsar, o pagar en aplicación de las coberturas del presente contrato por garantía según se especifique.

Pago fraccionado: facilidad que otorga la Entidad Aseguradora, para liquidar la prima en distintos plazos.

Patrimonio: conjunto de bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración cuantitativa.

Pérdida: menoscabo que afecta la propiedad física o moral de una persona.

Perjuicio: la acción que ocasiona un daño o menoscabo material o moral a un tercero, en sus bienes o persona, por cualquier acción u omisión.

Póliza: evidencia escrita y válida entre el Asegurado y la Entidad Aseguradora. Se le denomina también contrato de seguro.

Prima: precio del seguro que se materializará mediante la presentación del recibo de prima conforme a las normas legalmente establecidas y que contendrá además de la prima comercial, todos los recargos, tasas, impuestos de legal aplicación debidamente desglosados.

Ramo: término que se utiliza para determinar modalidad o tipo de seguro (vida, daños, accidentes, vehículos, responsabilidad civil, etc.)

Reaseguro: operación que realiza una Entidad Aseguradora y que consiste en ceder a otra, parte o la totalidad del riesgo que asume o contrata. Generalmente esta operación se lleva a cabo en negocios de grandes dimensiones o riesgos con un elevado componente de peligrosidad.

Recibo de prima: documento que expide la Entidad Aseguradora como comprobante de haber recibido el pago de la prima que se determinó en la póliza.

Reclamación: aviso o comunicación que hace el Asegurado a la Entidad Aseguradora, informándole de la ocurrencia de un siniestro.

Renovación: proceso que se efectúa entre el Asegurado y la Entidad Aseguradora, con el objeto de elaborar una nueva póliza por un periodo determinado. La renovación puede modificar, aumentar o disminuir las cláusulas o la suma asegurada de una póliza vencida.

Rescisión: finalización del contrato en una fecha anterior a la prevista

Riesgo: posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro previsto en las condiciones de la póliza.

Seguro: contrato por el que, mediante el pago de una prima, la Entidad Aseguradora se compromete a indemnizar una eventualidad contemplada en la póliza.

Siniestralidad: porcentaje entre la prima pagada y los siniestros abonados por la Entidad Aseguradora.

Siniestro: todo hecho fortuito, espontáneo y que, conforme a las condiciones del presente contrato, derive de una obligación para el Asegurador, prestación económica o de un servicio conforme a las garantías, coberturas y sumas aseguradas que se pactan.

Solicitud: forma que utiliza la Entidad Aseguradora, para que el solicitante de un seguro proporcione información correspondiente al bien o persona que se pretenda asegurar y se pueda determinar el costo de la prima.

Subrogación: derechos que correspondan al Asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la Entidad Aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El Asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho a la Entidad Aseguradora.

Suma asegurada: el valor que fija el Asegurado sobre su persona o sus bienes, y que es determinante para que la Entidad Aseguradora cobre la prima o haga una indemnización en caso de siniestro.

Tomador: persona física o jurídica con interés asegurable en suscribir el contrato con la Entidad Aseguradora.

Valor convenido: cantidad de dinero por la cual se está obligando una Entidad Aseguradora, aún cuando el valor comercial del bien Asegurado es otro.

Valor de reposición: cantidad de dinero que cuesta reparar el bien Asegurado.

Valor real: el precio o valor comercial del bien Asegurado.

Vencimiento: fecha en que se da por terminado el contrato de seguro o póliza.

Vigencia: período durante el cual la Entidad Aseguradora se compromete, a proteger mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona.