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El Baremo de Autos también tendrá impacto en la RC Empresarial

Las pólizas de Responsabilidad Civil Empresarial deben adaptarse al impacto del nuevo Baremo de daños personales en accidentes de circulación, según la Cátedra de Fundación Inade.

Este lunes 7 de marzo tuvo lugar la primera sesión de los “Diálogos 2020” que organiza la Cátedra Fundación Inade–UDC: La Gestión del Riesgo y del Seguro. En esta primera sesión se analizó la trascendencia que puede tener la utilización del nuevo Baremo de Autos en ámbitos de actividad empresarial distintos al de la circulación de vehículos a motor.

Durante la jornada, uno de los problemas que se evidenciaron fue el de la necesidad de revisar cuanto antes los topes y límites indemnizatorios de las pólizas de responsabilidad civil de las empresas, debido al tremendo impacto que -se prevé- tendrá el nuevo baremo sobre las cuantías indemnizatorias. También se puso de manifiesto la necesidad de revisar la cobertura del daño moral en los seguros, ya que suele excluirse con frecuencia en los contratos y constituirá un ingrediente habitual e importante de las indemnizaciones a partir de la aplicación del nuevo baremo.

Los asistentes también debatieron sobre las implicaciones del nuevo baremo en el ámbito de la subcontratación, en el que difícilmente se va a poder llegar a las indemnizaciones que éste señala con las pólizas habituales de las empresas a las que se subcontrata y cuya cobertura completa exigiría unas primas más altas.

En su intervención, el magistrado de la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección 5ª), Julio Tasende, confirmó que “la aplicación del antiguo baremo a otros ámbitos de RC con carácter orientativo se venía admitiendo con toda normalidad por la jurisprudencia más reciente, por lo que es más que probable que suceda lo mismo con el nuevo”. El magistrado entiende que esta aplicación orientativa del nuevo baremo fuera del ámbito circulatorio estará sujeta a las mismas reglas básicas que han presidido la aplicación del baremo de 1995. Así, se impondrá, a su juicio, el principio de aplicación íntegra del mismo, que exige que se aplique en su totalidad y no sólo en aquellos extremos que sean beneficiosos para el perjudicado o asegurado.

Junto a este principio, el magistrado indicó que con el nuevo baremo seguirán vigentes dos limitaciones: el juez no podrá conceder ni más ni menos que la cantidad indemnizatoria solicitada por las partes en el proceso, y no será posible que se revise en vía de recurso de casación la indemnización señalada por el juez de instancia a no ser que ésta manifieste una notable desproporción entre lo que indica el baremo y la efectiva indemnización.

Por su parte, Jesús Pérez, director de Siniestros de ACE (compañía del Grupo Chubb), reiteró la idea de que, en base a los principios de seguridad jurídica y de igualdad “es seguro que el baremo se va a aplicar a otros ámbitos fuera de la circulación de los vehículos a motor”. Valoró positivamente este hecho, entendiendo que incluso podría dar lugar a la agilización de los pagos de las indemnizaciones. Sin embargo, esto “no evita que -de modo inmediato- puedan darse problemas, sobre todo si se tiene en cuenta que las pólizas de seguros actuales no están dimensionadas para asumir indemnizaciones conforme al nuevo baremo”.

Finalmente, los asistentes preguntaron acerca del impacto que este cambio legislativo tendría sobre el importe de las primas. En este sentido, Jesús Pérez indicó que “sin duda tendrá un reflejo en el precio de los seguros, pero a día de hoy resulta difícil de cuantificar debido tanto al momento del mercado asegurador, como a no saber con certeza cómo van a aplicar el baremo los jueces y tribunales”. 

Fuente de la noticia: ADN del Seguro