La gran mayoría de los españoles vivimos en una comunidad de vecinos y sabemos que la convivencia no siempre es fácil. Las reuniones de propietarios pueden convertirse en verdaderas peleas de grillos, y en todo edificio compartido hay roces, discusiones, vecinos que se pasan de listos y problemas de todo orden.
El sector asegurador, siempre al tanto de nuevas oportunidades de negocio y con el afán de responder a las necesidades de los clientes, es consciente de esa problemática vecinal y, más allá de ofrecer en sus seguros de Comunidades una cobertura para diferentes tipos de eventuales siniestros y reparaciones, las compañías incluyen en sus pólizas, cada vez más, novedosas coberturas para ayudar a los vecinos hacer frente a los conflictos más recurrentes.
Vecinos morosos: He aquí el motivo de litigio más típico en las comunidades de vecinos. Cuando un inquilino se niega a hacer la aportación que le corresponde, en forma de cuotas ordinarias o derramas extraordinarias, al fondo común que ponen los vecinos para hacer frente a gastos comunes, la comunidad debe esperar a que se cumpla un mes de impago para actuar. En primer lugar, lo más recomendable es hablar de forma amistosa con el moroso y tratar de hacerle entrar en razón. En caso de que ello no resulte, la Organización de Consumidores de Usuarios (OCU) recomienda enviarle un requerimiento de pago y notificación de deuda mediante burofax. Si aún así, el autor del impago no recapacita, la junta de propietarios debe acordar, por mayoría simple, el inicio de un proceso monitorio rápido para reclamar la deuda. En último extremo, si el moroso sigue sin pagar, se podría llegar a un proceso de embargo.
Algunos de los seguros de Comunidades que hay en el mercado incluyen coberturas y servicios, normalmente opcionales, especialmente pensados para este tipo de casos, como un servicio de reclamación y adelanto por impago de importes adecuados a la comunidad. ARAG, por ejemplo, pone a disposición de la comunidad un abogado para defender los intereses de los vecinos y reclamar las cuotas impagadas a los morosos. Además, la compañía se compromete a adelantar las cuotas impagadas.
Ruidos y conductas molestas: Otro clásico. Los casos de vecinos que montan fiestas continuamente, ponen la música a todo volumen a horas intempestivas, tienen animales que alteran la paz del edificio o tienen cualquier otro tipo de conducta que repercute negativamente en la calidad de vida de sus vecinos, están a la orden del día. Como siempre, lo más recomendable es tratar de tener una conversación civilizada con el vecino conflictivo para tratar de que cambie sus costumbres. En caso de que ello no resulte, el presidente de la comunidad puede iniciar un procedimiento apoyándose en la Ley de Propiedad Horizontal, que tiene un apartado dedicado a actividades molestas e insalubres. De acuerdo con la norma, el presidente deberá pedir por escrito al propietario molesto que deponga su actitud y, en caso de no llegar a buen puerto la petición, se podría aprobar por mayoría simple tomar medidas legales contra él.
Para este tipo de casos, son muy útiles las pólizas que incluyen el servicio de consulta legal o incluso ponen a disposición de la comunidad un abogado.
El ascensor: La instalación de un ascensor en la finca es uno de esos temas aparentemente inocuos que pueden derivar en grandes broncas entre vecinos. Es usual que los vecinos situados en el bajo o los propietarios de locales comerciales que forman parte de la finca se nieguen a pagar la instalación o la reparación del ascensor, esgrimiendo que ellos no van a hacer uso de él. En estos casos, lo primero que hay que hacer es revisar los estatutos de la comunidad, porque es posible que en ellos se excluya explícitamente a estos propietarios de este tipo de gastos. En caso de que no sea así y la mayoría de los vecinos vote a favor de la instalación del ascensor, todos sin excepción deberán pagar su parte correspondiente.
En estos casos, contar con el asesoramiento de un abogado puede agilizar el proceso y evitar que un tema tan banal como un ascensor pueda envenenar la convivencia entre vecinos. Y si hay alguno que se niega a pagar, razón de más para tener un especialista legal a nuestro lado.
Fuente de la noticia: ADN del Seguro