El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, que facilita el documento que acredita si una persona fallecida tenía contratado algún seguro de cobertura de fallecimiento, recibió un total de 382.421 solicitudes durante el año pasado, según informaron a EFE fuentes del Ministerio de Justicia.
El objetivo de este registro es evitar que los seguros de vida se queden sin cobrar por desconocimiento de los asegurados, para lo cual facilita el documento que acredita si una persona fallecida tenía contratado algún seguro de cobertura de fallecimiento e informa sobre cuál es la aseguradora a la que el beneficiario tiene que dirigirse para reclamar la indemnización correspondiente.
Desde 2010, un total de 2.730.821 solicitudes se han gestionado a través del Registro de Seguros de Vida. En concreto, durante el año pasado se generaron 378.971 certificados, de los cuales 151.539 fueron con contrato y 227.432 sin contrato.
También se emitieron 3.450 notas informativas durante 2014 -1.982 con contratos y 1.468 sin contratos-, que permitieron a los interesados conocer si tenían algún seguro registrado y ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación con los datos incluidos en el registro.
La sede del registro de La Rioja se situó a la cabeza en cuanto a la tramitación de solicitudes en 2014, con 22.761 certificados; seguida por Madrid, con 21.447; Granada (13.924), Valencia (12.381) y Barcelona (11.313), mientra que Oviedo registró 10.604 emisiones de certificados.
Sólo durante el primer año de funcionamiento del registro, a partir de junio de 2007, emitió 251.362 certificados, de los cuales 56.429 fueron positivos, es decir, llevaban aparejada la existencia de uno o más seguros de vida.
Los datos, disponibles durante cinco años
Los datos se encuentran disponibles en el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento durante un plazo de cinco años desde la fecha de la defunción del asegurado.
Estos certificados se pueden obtener de los contratos de seguros de vida con cobertura de fallecimiento y de los seguros de accidentes que cubran la contingencia de la muerte del asegurado, ya sean pólizas individuales o colectivas.
Una vez transcurridos 15 días hábiles de la defunción del asegurado, se puede solicitar el certificado rellenando el modelo 790 a través de las 22 gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, los 432 registros civiles en España, la sede del propio Registro de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento, el Registro General del Ministerio de Justicia en Madrid y por Internet.
Fuente de la noticia: EFE Empresas